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Leyendo diario con noticia sobre complementar renta

Crece el número de personas que sin un lazo afectivo complementan renta

agosto 11, 2021

José Valdés, Gerente General de Grupo Premium Propiedades, se refiere en El Mercurio a aquellos que complementan renta y qué se debe tener en cuenta para no correr riesgos legales al arrendar una propiedad.

Complementar renta para arrendar una vivienda -unir dos o más sueldos para lograr llegar al ingreso mínimo exigido para alquilar un propiedad-, es hoy una alternativa cada vez más usada.

Este fenómeno se explica por varios motivos; primero, porque los precios han aumentado y las personas tienen sueldos que no cumplen con los requisitos y segundo, muchos profesionales jóvenes quieren dejar la casa de sus padres y optar a mejores ubicaciones.

Víctor Danús, gerente general de Prourbe, explica que el valor del arriendo por metro cuadrado disminuye en la medida que las propiedades son más grandes.

En Grupo Premium Propiedades, del total de arriendos, alrededor de un 30% de los postulantes están solicitando complementar renta, lo que es un aumento de casi 100% en comparación a la década pasada.

“Esta figura donde dos o más complementan renta es común en la Región Metropolitana, no siendo tan habitual en regiones, donde los precios de alquiler son más bajos”, dice el Gerente General de Grupo Premium Propiedades, José Valdés.

Requisitos para complementar renta

Si bien el complementar renta para arrendar una vivienda era común verlo entre parejas estables de todo rango etario, en el último tiempo se ha observado que cada vez más personas sin un lazo afectivo -sin mayor relación entre sí o sin un proyecto familiar en común – está optando por este sistema, sobre todo los menores de 35 años. Es lo que se conoce como los roomies o compañeros de vivienda.

Los requisitos para complementar renta son los típicos que se solicitan para un contrato de arriendo: tener buen comportamiento de pago histórico, ingresos formales que permita acreditar que se va a poder responder a la carga financiera contraída, codeudor solidario, rentas que al ser sumadas superen cuatro o cinco veces el valor del arriendo, pudiendo exigirse letras o pagaré como garantías adicionales. En general, se pide que el arriendo no represente más del 20% de los ingresos.

Valdés destaca que es fundamental que exista un contrato de arriendo por escrito, legalizado ante notario, que estipule condiciones y la figura del caso, incluyendo cláusulas de salida para todas las partes.

“Para no correr riesgos legales, además de no verse afectados por estafas, cada día más frecuentes, se recomienda que participe un corredor de propiedades formal, sin adelantar reservas ni pagos hasta la firma del contrato”.

Al respecto, Danús agrega que no hay problema que sean dos o más personas, teniendo claro que si alguna falla, se expone todo el grupo a perder el arriendo. 

¿Y si surgen problemas cuando complementan renta?

En caso de que uno de los arrendatarios quiera dejar la propiedad, debe generarse un nuevo contrato, evaluando de nuevo el perfil comercial del arrendatario que queda, pudiendo ser necesario volver a complementar renta.

“Lo anterior puede ser flexibilizado, dependiendo del comportamiento de pago que han tenido los arrendatarios”, detalla Valdés.

Por su parte, Danús comenta que si una de las partes quiere cambiar el acuerdo y dejar de complementar renta, es importante hacer los cambios respectivos en el contrato de arriendo. “El dueño de la propiedad, asesorado por su gestor inmobiliario o bróker, deberá evaluar si quiere mantener la relación solo con uno o bien buscar otra opción”.

Pros y contras

Acceder a mejores ubicaciones y viviendas con mejores prestaciones es una de las ventajas de complementar renta, pero tiene sus riesgos, ya que las personas deben confiar en otro su arriendo. Por ejemplo, si una de las partes paga y la otra no, el dueño de la propiedad no va a recibir el monto acordado, por lo que se puede anular el contrato en base a las cláusulas acordadas. No obstante, al tener más personas responsables del contrato, en caso de un juicio, se tienen también más posibilidades de pago.

Danús precisa que hay temas clave que deben tener en conocimiento las personas que están interesadas en este sistema para arrendar una vivienda. Y añade: “Ambas partes quedan con el rol de arrendatario y asumen como responsables; en esto se diferencian de un aval o de un codeudor solidario, que tienen un rol subsidiario. Además, deben tener en consideración que este vínculo entre las partes durará hasta que el contrato se anule o cambien las cláusulas”.

En términos de comunas y rangos de precio, el complementar renta es bastante transversal. “Mayoritariamente esta figura es más común de ver en sectores donde hay una mayor cantidad de personas bajo los 40 años y donde existen universidades, institutos profesionales y servicios como restaurantes y comercio”, indica.

José Valdés sostiene que si bien a simple vista se podría pensar que este sistema es más usado en comunas más céntricas, el efecto se produce solo porque en estas existe una oferta más grande de arriendos y a precios más accesibles. “En general, en arriendos sobre $350 mil ya se está solicitando complementar”.

Fuente: El Mercurio

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